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Registro y protección de marcas y patentes en México

Sergio Alberto Valenzuela Yáñez
Sergio Alberto Valenzuela Yáñez
Director General
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Registro y protección de marcas y patentes en México

Registrar una marca y proteger una invención son procesos distintos. Identificar el derecho adecuado ayuda a planear su solicitud y mantenimiento.

Elegir un nombre comercial o desarrollar una solución técnica puede representar una inversión importante. Sin embargo, construir una identidad de negocio y obtener derechos de propiedad industrial son tareas diferentes. Antes de iniciar un trámite, conviene identificar qué se busca proteger: el signo con el que el público reconoce un producto o servicio, o una invención. Esa distinción evita tratar el registro como un procedimiento único para cualquier creación.

Una marca no protege lo mismo que una patente

Una marca distingue productos o servicios de los de otras empresas. Su registro permite obtener derechos sobre el signo conforme al sistema aplicable. La OMPI explica que puede solicitarse protección ante oficinas nacionales o regionales y, para distintos mercados, utilizar mecanismos internacionales como el Sistema de Madrid. [1]

Una patente, por su parte, protege una invención que reúne los requisitos legales. Entre los criterios generales se encuentran la novedad, la actividad inventiva y la aplicación industrial. No todas las ideas son patentables y la divulgación previa puede afectar la novedad; por ello, resulta prudente analizar la estrategia antes de publicar detalles técnicos. [2]

Qué revisar antes de solicitar una marca

En México, las marcas se registran respecto de productos o servicios específicos. La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece que no puede ampliarse esa lista después del registro. Para los registros sujetos al régimen actual, prevé una vigencia de diez años desde el otorgamiento, renovable por periodos iguales. Los expedientes anteriores requieren revisar su régimen transitorio. [3]

Antes de presentar una solicitud, conviene definir quién será el titular y qué actividades cubrirá el signo. La búsqueda de antecedentes forma parte de una preparación informada, pero no garantiza que el registro sea concedido. También es recomendable revisar cómo se utilizará la marca en etiquetas, publicidad y canales digitales, para mantener una estrategia coherente.

El seguimiento continúa después del registro

La declaración de uso y la renovación son obligaciones diferentes. El IMPI señala que, cuando corresponde la declaración de uso del tercer año, debe presentarse durante los tres meses posteriores a que se cumpla ese aniversario del otorgamiento. La fecha del título y el régimen aplicable deben revisarse para determinar el deber concreto. [4]

Como medida de organización, es útil mantener un expediente con el título, las solicitudes, los acuses y las fechas relevantes. También conviene conservar evidencia del uso de la marca y definir quién supervisará su mantenimiento. Obtener un registro no elimina la necesidad de seguimiento ni garantiza que nunca surgirán controversias.

Planear la protección en otros mercados

Los derechos de marca son territoriales: la protección debe analizarse en los países o regiones donde se pretende operar. El Sistema de Madrid facilita determinadas solicitudes internacionales, pero no equivale a una protección mundial automática. [5]

Una estrategia razonable comienza por los mercados y activos prioritarios. Después pueden evaluarse los registros necesarios, el calendario y los documentos disponibles. La pregunta no es solo qué trámite presentar, sino qué derecho necesita el negocio y cómo conservarlo de forma ordenada.

¿Vas a lanzar una marca o divulgar una invención? Solicita una revisión previa de la figura de protección y de los documentos necesarios para iniciar el trámite.

Fuentes

Contenido informativo general. La aplicación de las disposiciones depende de las características de cada operación y contribuyente; requiere revisión profesional antes de tomar decisiones.

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